El
Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechaza una petición de medida
cautelar de parte de Kentucky Foods Group Limited para la suspensión de
una resolución de Pro Consumidor que ordena a la empresa devolver una
propina cobrada a un cliente que compró comida para llevar.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.-
El Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazó una solicitud de
medida cautelar de parte de la firma Kentucky Foods Group Limited contra
una resolución de Pro Consumidor que ordena la devolución de una
propina cobrada indebidamente a un ciudadano que pidió una orden de
comida para llevar.
La
instancia judicial motivó su decisión en que el interés general y los
derechos fundamentales del consumidor, establecidos en el artículo 53 de
la Constitución, son superiores al interés patrimonial individual de la
empresa, según consta en la sentencia 0030-2017 leída el recién pasado
12 de abril.
La
empresa, que maneja la marca de restaurantes de comida rápida Kentucky
Fried Chicken, pretendía la suspensión de la resolución 036-2017
mediante la cual Pro Consumidor ordenaba revertir a favor del ciudadano
Jack Michaelo Sánchez Bonetti la aplicación de “un 10% de ley” a una
compra de comida a través del “take out”.
La
medida de Pro Consumidor parte de que esta propina debe ser cobrada, en
virtud del artículo 28 del Código de Trabajo, sólo cuando las personas
consumen en los mismos lugares de comidas y bebidas, como hoteles,
restaurantes, cafés y barras. Se trata de un monto que debe ser
distribuido integralmente entre los trabajadores que han prestado el
servicio.
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