SANTO DOMINGO.-La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS)
consideró que el nuevo Código Penal es una herramienta moderna que le
permitirá al Estado contribuir a reducir los niveles de criminalidad que
existen en el país y tornará más rápida la rehabilitación de muchos
condenados, por lo que favorece sea promulgada por el Poder Ejecutivo.
El vicepresidente ejecutivo de FINJUS, doctor
Servio Tulio Castaños, dijo que esa entidad ha participado activamente
en el proceso de discusión de esa pieza legislativa y que la misma es el
producto del consenso de amplios sectores de la vida nacional.
“El nuevo Código Penal, que debe ser promulgado,
va a sustituir a una normativa penal material que tiene 130 años, que es
anterior a la dogmática jurídico-penal moderna”, apuntó.
Castaños Guzmán dijo que si bien es cierto que
algunas penas han sido aumentadas, eso en modo alguno vulnera el mandato
constitucional que ordena rehabilitar y reinsertar a los condenados.
“Las penas más altas, de 30 a 40 años, se
impondrán a delitos muy graves como el genocidio, los crímenes de lesa
humanidad, las infracciones graves de guerra, los tratos crueles,
inhumanos y degradantes que causen la muerte, el secuestro con tortura,
la violación seguida de la muerte de la víctima, así como el sicariato,
que no estaban tipificados en el Código Penal vigente”, explicó el
abogado.
Indicó que “sin embargo, el nuevo Código Penal
establece que esas penas altas podrán ser rebajadas o sustituidas por
otras penas menores si los jueces entienden que hay circunstancias que
atenúan la responsabilidad penal del imputado”.
“Un Código Penal no está diseñado para acabar con
la delincuencia, sino para tipificar como delitos las conductas que
lesionan y ponen en muy grave riesgo a bienes jurídicos protegidos, como
la vida, la integridad física, la integridad sexual y otros que son
protegidos en todas las sociedades civilizadas”, manifestó.
Castaños Guzmán dijo que cuestionar el nuevo
Código Penal porque se castiguen con penas ejemplares delitos muy graves
como el genocidio y la tortura, es desconocer que en todas las
latitudes esas infracciones son conminadas con sanciones similares.
“La Constitución no prohíbe sancionar en forma
ejemplar un delito muy grave. Lo que prohíbe es que las penas vulneren
los principios de proporcionalidad, necesidad, utilidad y
razonabilidad”, manifestó.
Calificó como un avance importante el
establecimiento de institutos novedosos como el de la “prisión
programada”, así como el de la “prisión por horas” y la “prisión de fin
semana y días feriados”, para personas condenadas a menos de un año de
prisión.
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