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JURISTA JULIO CURY DICE SOLICITUD DE DOMÍNGUEZ BRITO SOBRE SENADOR FÉLIX BAUTISTA ES IMPROCEDENTE

Jurista Julio Cury
El abogado Julio Cury aseguró que es improcedente en Derecho la instancia que elevara el Procurador General de la República ante la Suprema Corte de Justicia con el objeto de que revoque el auto de archivo que emitió la misma Procuraduría General de la República a favor del Ing. Félix Bautista con motivo de una denuncia presentada en su contra por la supuesta comisión de actos de corrupción.
Dijo que la decisión del doctor Francisco Domínguez Brito es plausible y valiente porque envía “un mensaje alentador a quienes lloran amargamente la inmoralidad pública que ha campeado impunemente en los últimos 8 años”. Sin embargo, expresó que si el Ministerio Público dispuso el archivo por considerar que no existían elementos probatorios para fundamentar una acusación, solo la víctima o el querellante, en virtud del artículo 281 del Código Procesal Penal, pudieran objetar judicialmente el archivo.
Cury recordó que en virtud del artículo 89 del Código Procesal Penal, el Ministerio Público es único e indivisible, y que cada miembro, cuando figura en un acto o proceso, lo representa íntegramente. “De ahí que si el archivo fue ordenado por un Procurador Adjunto, no puede otro miembro del Ministerio Público, aunque sea jerárquicamente superior, impugnar su decisión. Eso es jurídicamente improcedente, sin obviar que según el artículo 281, el archivo extingue la acción pública”, señaló el jurista.
En ese mismo orden, explicó que el artículo 393 del Código Procesal Penal establece que el derecho a recurrir únicamente les corresponde a quienes la ley autoriza, y que solo a la víctima o al querellante se les reconoce el derecho de atacar los autos que ordenan los archivos.
“Ese mismo texto prevé que las partes solo pueden recurrir las decisiones que le sean desfavorables, mientras que el 395 restringe la facultad de recurrir del Ministerio Público a aquellas decisiones que sean contrarias a sus conclusiones, por lo que la instancia que ha elevado el Procurador, aunque digna de encomio, no deja de ser improcedente”, puntualizó Cury.

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