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MINISTERIO AGRICULTURA ANUNCIA PERIODO DE VEDA PARA CAPTURA Y COMERCIO DE LANGOSTAS; PROHIBICION ENTRA EN VIGENCIA ESTE VIERNES


El Ministerio de Agricultura, a través del Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (Codopesca), anunció el inició este viernes del período de veda de captura y comercialización de langostas en todo el territorio nacional.

La prohibición se extenderá hasta el 30 de julio del presente año, según lo establece la Ley 307.04, período en que no se permite capturar las especies de langosta Espinosa, (Panulirus Aargus); Pinta (Panulirus guttatus), de Piedra (Scyllarides aequinoctialis) y Mamá langosta (Parribacus antarcticus).

Agricultura exhortó a los propietarios y administradores de supermercados, hoteles, restaurantes, pescaderías acogerse a esta disposición.

“La no observancia y cumplimiento de esta veda está tipificada en la Ley 3007-04 como infracción muy grave, la cual será sancionada con multas de diez a 200 sueldos mínimos del sector público o penas de dos a diez años de prisión”, advirtió Agricultura en una una nota de su Departamento de Información y Relaciones Públicas.

La institución informó que se concede cinco días hábiles, a partir de la fecha, para recibir las declaraciones de existencia en almacén de langostas, la cual será verificada y certificada por el Codopesca.

La prohibición de captura y comercialización de langosta está contenida en el Decreto 259-´09 del 24 de marzo 2009, emitido por el presidente Leonel Fernández. La normativa establece que es deber del Estado Dominicano conservar, proteger y administrar los recursos naturales renovables de la nación para uso y beneficio de las presentes y futuras generaciones.

Explica, asimismo, que es función de Codopesca regular la extracción y velar por la conservación de los recursos pesqueros dentro de un marco que garantice su explotación sostenible.

En un considerando del Decreto se indica, además, que las evaluaciones realizadas a las poblaciones de langostas muestran claros indicios de sobre explotación en todo el territorio nacional y que, como consecuencia de ello, se ha producido una disminución de la talla de los ejemplares ofertados en la venta al público.

La disposición señala que es necesario fortalecer las medidas de protección existentes para preservar las poblaciones de las diferentes especies de langostas, ajustadas a sus ciclos biológicos, para garantizar la estabilidad y mantenimiento de dichas especies.

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